LAS FALACIAS DE LAS
CONSULTAS PÚBLICAS DEL SENASA
El SENASA (Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) volvió a despreciar los aportes
de quienes participamos de la consulta pública, esta vez con motivo del cambio
de la metodología de clasificación de los agroquímicos. Tal cual lo hizo otras
veces, como en el caso de la prohibición del endosulfán, no sólo no tuvo en
cuenta los aportes de la mayoría de quienes participamos de la consulta sino que
ni siquiera explicó por qué no lo hacía.
La palabra “falacia”
tiene dos acepciones en el diccionario de la Real Academia Española; aquí las
utilizo en ambos sentidos:
1. Engaño, fraude o
mentira con que se intenta dañar a alguien.
El SENASA puso a
consulta pública hasta el 31 de agosto de 2011 la modificación de los criterios
para la Clasificación Toxicológica de los pesticidas, según los riesgos y
valores de los pesticidas vigentes, por la de la OMS 2009, que utiliza el mismo
método de la Dosis Letal 50% Aguda, sólo que con otros
valores.
El mismo SENASA
reconoce en su informe sobre la consulta realizada (http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1515&io=17104 ), que:
La consulta estuvo
abierta durante sesenta días, desde el jueves 30 de junio hasta el martes 30 de
agosto de 2011.
Recibió 270
(doscientas setenta) contribuciones; 257 (doscientas cincuenta y siete)
corresponden a ciudadanos particulares, 12 (doce) a organizaciones y la restante
a la Cámara de Diputados de la Nación.
Del total, 261 se
manifiestan en contra del proyecto, 4 a favor y las restantes 5 (cinco) realizan
“observaciones puntuales y objetivas”
La mayoría se opone
al proyecto (el 95%, eso no lo pone el informe del SENASA), dado que la
Clasificación Toxicológica de la Organización Mundial de la Salud (OMS) 2009
propuesta utiliza el mismo método de la Dosis Letal 50% Aguda de la
clasificación actual. Alega que la misma OMS no plantea garantía alguna de dicha
clasificación, que sus criterios son sólo una guía complementaria y que se
sustenta en investigaciones desactualizadas y sesgadas, sin considerar tampoco
importantes estudios llevados a cabo por investigadores independientes
argentinos y de otros países.
Los ciudadanos y
entidades disconformes peticionan que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca de la Nación, o en su caso a quien sea derivada la Resolución 147/2010 de
la Defensoría del Pueblo de la Nación, que cuenta con más de 9.300 (nueve mil
trescientas) adhesiones, ingresadas por Mesa de Entrada del Ministerio, impulse
las medidas necesarias para modificar la metodología utilizada en la
clasificación de toxicidad de los productos agroquímicos.
La
Cámara de Diputados de la
Nación propone la aprobación del proyecto de resolución (del Defensor del
Pueblo; esto no lo dice el informe del SENASA, lo que genera una confusión
explícita) alegando que la clasificación benigna de los productos permite que
estos sean aplicados cerca de las poblaciones; las mismas estarían así en riesgo
de contraer cánceres, malformaciones congénitas y abortos espontáneos, entre
otros daños señalados por estudios oficiales y no oficiales.
A pesar de todo
ello, el SENASA aprobó el cuestionado proyecto sin contemplar estas
observaciones, y sin siquiera explicar los motivos por los que no las tuvo en
cuenta.
Se pone de
manifiesto, una vez más, que las consultas públicas del SENASA son sólo una
simulación falaz. El propio sitio del SENASA expresa que la consulta pública
tiene:
La finalidad de
…permitir y promover una efectiva participación ciudadana en el proceso de
elaboración de los proyectos de normas. Es también una instancia para informar a
los ciudadanos acerca de los reales motivos por los que se adoptan decisiones
que afectan a determinados sectores del quehacer agropecuario de la
Argentina.
Es claro que si el
SENASA no tiene en cuenta las propuestas y observaciones absolutamente
mayoritarias en el proceso de consulta y elaboración de las normas, ni explica
por qué no lo hace, no está permitiendo ni promoviendo una efectiva
participación ciudadana.
Así, la consulta
pública del SENASA es una simulación falaz que engaña, es fraudulenta y/o miente
con el objetivo de dañar a quienes participan, ignorándolos a ellos y al
esfuerzo que realizan, así como a las personas que continuarán padeciendo las
consecuencias de las aplicaciones de los pesticidas registrados y autorizados
para su comercialización con la metodología aprobada.
Claudio Lowy
DCE: ecolowy@gmail.com
Móvil:
0054-11-15-6467-5187
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